El pasado 28 de Diciembre de 2018, se publicó el Decreto por el cual se expidió la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, donde se establece en su artículo Décimo Cuarto Transitorio, que para efecto de dar debido cumplimiento a las obligaciones previstas en la lista de actividades vulnerables de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, los sujetos que no se encuentren al corriente de las obligaciones ahí establecidas, tendrán la opción de implementar un Programa de Auto Regularización respecto de su incumplimiento en obligaciones comprendidas del periodo del 1 de Julio e 2013 al 31 de Diciembre de 2018, previa autorización del SAT y siempre y cuando se encuentren cabal cumplimiento de sus obligaciones en el Ejercicio Fiscal 2019.
Uno de los elementos medulares para la aplicación del Programa de Auto Regularización son las reglas de carácter general que debía expedir el SAT para la aplicación de dicho programa, por lo cual el día de ayer, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones de carácter general que regulan el Programa de Auto Regularización, para los sujetos obligados de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
El beneficio principal de acceder a dicho programa, es la condonación de multas que se hayan fijado y que hayan sido impuestas durante el periodo en que se presentó la irregularidad o incumplimiento que ampara el programa de auto regularización.
Por lo anterior y a manera de resumen, tenemos que el día de ayer SAT publicó las reglas del Programa de Auto Regularización para que los contribuyentes sujetos a la multimencionada ley puedan cumplir con las obligaciones que tengan pendientes de cumplir en materia de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita, condonando las multas que en su caso se hubiesen generado con motivo del incumplimiento de las obligaciones establecidas en dicha Ley.
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