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Fin del Debate. Las Notas de Crédito al ser deducciones autorizadas, deben registrarse en el apartado “egresos” de la contabilidad

Una de las prácticas mas comunes y controversiales en la materia fiscal, que ha derivado en múltiples inconsistencias en las bases de datos del SAT estriba en el tratamiento y aplicación de mas Notas de Crédito, donde existían dos posturas base en cuanto a su efecto fiscal:

  • Disminución directa de los ingresos acumulables
  • Deducción autorizada

Ahora bien, si bien es cierto, que por la propia naturaleza de las Notas de Crédito, estas tienen como objetivo modificar el importe de una factura, en razón de una devolución o descuento o corrección en el importe a pagar, lo cierto es que la Ley del ISR establece que las mismas son una deducción autorizada, lo cual implica que su efecto fiscal en el caso de Personas Morales del Régimen General de ley, se vea reflejado hasta la Declaración Anual y no en el cálculo de pagos provisionales.

En este sentido, tratándose de Personas Morales (Régimen General) resulta en un error en la materia, disminuir de los ingresos acumulables para pagos provisionales los importes de las Notas de Crédito, e incluso declarar menos ingresos en la Declaración Anual con motivo de las propias Notas de Crédito, ya que las mismas son Deducciones Autorizadas.

Asimismo, la Corte enfatizó de igual forma, que al ser las Notas de Crédito una deducción autorizada, las mismas deben reunir los requisitos de deducibilidad, como estar debidamente registradas en las contabilidad, por lo cual, las mismas deben registrarse en el apartado “egresos” de la Contabilidad para la legal procedencia de su deducción.

 

 

SAT Publica Plan Estratégico 2024

Como parte de sus acciones de publicidad, el SAT publicó su Plan Estratégico a ejecutar en este 2024, donde se puede observar que 2 de los objetivos principales serán:

  • Aumentar la eficiencia recaudatoria y;
  • Bajar la evasión y elusión fiscal

Para lograr lo anterior, algunas de las acciones previstas por SAT son:

  • Planeación de nuevos actos de fiscalización
  • Fortalecimiento de los actos de fiscalización en proceso
  • Continuar auditando las Devoluciones
  • Seguimiento a Juicios liquidaciones y cobros
  • Identificación de variaciones atípicas en las declaraciones y pagos de impuestos
  • Envío de Cartas invitación de corrección y pago oportuno
  • Implementación de tecnología para detectar y combatir patrones de evasión, elusión y defraudación fiscal.
  • Incentivar el cumplimiento voluntario (Programa de Vigilancia Profunda, Cartas Invitación y Cancelación de Sellos)
  • Trato igualitario a Grandes Contribuyentes, sin privilegios.

Bajo este contexto tributario y de fiscalización activa, se refuerza y afirma con mayor convicción que la mejor forma de combatir los distintos actos de fiscalización de las autoridades tributarias para este 2024, es la verificación constante y activa de un debido cumplimiento fiscal, con toda la documentación de soporte que adminiculada entre sí, acredite ante las autoridades hacendarías el debido cumplimiento de obligaciones de fondo y requisitos formales.

 

 

El pasado 28 de Diciembre de 2018, se publicó el Decreto por el cual se expidió la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, donde se establece en su artículo Décimo Cuarto Transitorio, que para efecto de dar debido cumplimiento a las obligaciones previstas en la lista de actividades vulnerables de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, los sujetos que no se encuentren al corriente de las obligaciones ahí establecidas, tendrán la opción de implementar un Programa de Auto Regularización respecto de su incumplimiento en obligaciones comprendidas del periodo del 1 de Julio e 2013 al 31 de Diciembre de 2018, previa autorización del SAT y siempre y cuando se encuentren cabal cumplimiento de sus obligaciones en el Ejercicio Fiscal 2019.

Uno de los elementos medulares para la aplicación del Programa de Auto Regularización son las reglas de carácter general que debía expedir el SAT para la aplicación de dicho programa, por lo cual el día de ayer, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones de carácter general que regulan el Programa de Auto Regularización, para los sujetos obligados de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

El beneficio principal de acceder a dicho programa, es la condonación de multas que se hayan fijado y que hayan sido impuestas durante el periodo en que se presentó la irregularidad o incumplimiento que ampara el programa de auto regularización.

Por lo anterior y a manera de resumen, tenemos que el día de ayer SAT publicó las reglas del Programa de Auto Regularización para que los contribuyentes sujetos a la multimencionada ley puedan cumplir con las obligaciones que tengan pendientes de cumplir en materia de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita, condonando las multas que en su caso se hubiesen generado con motivo del incumplimiento de las obligaciones establecidas en dicha Ley.

Para más información respecto al Programa de auto regularización, no dudes en contactarnos.

 

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