Acompañamiento fiscal¿Qué puedo hacer si no me quieren dar factura?

ARTÍCULO 12.- Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación fiscal, el proveedor, tiene obligación de entregar al consumidor factura, recibo o comprobante, en el que consten los datos específicos de la compraventa, servicio prestado u operación realizada.

Artículo 83.- Son infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad, siempre que sean descubiertas en el ejercicio de las facultades de comprobación, las siguientes:

VII. No expedir o no entregar comprobante de sus actividades, cuando las disposiciones fiscales lo establezcan, o expedirlos sin requisitos fiscales.

Artículo 84.- A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad a que se refiere el Artículo 83, se impondrán las siguientes sanciones:

IV. De $12,070.00 a $69,000.00 a la señalada en la fracción VII

  1. Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción: Se puede emitir con posterioridad, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación, subrayó.

 

 

https://www.scmasociados.com/wp-content/uploads/2021/12/logo-footer.png
Av. Jose Clemente Orozco 329 Piso 29 Col. Zona Valle Oriente, San Pedro Garza García, N.L. C.P. 66278
(81) 4067-3435
contacto@scmasociados.com

Síguenos: