Litigio FiscalConcepto “Razón de Negocios” para la determinación de la materialidad fiscal de una operación

Legalmente, no existe una definición específica para el concepto “Razón de Negocios”, sin embargo la autoridad fiscal puede determinar la ausencia de materialidad de operaciones debido a la ausencia de dicho concepto.

A pesar de la falta de definición legal, tenemos que se ha adoptado el significado del léxico financiero, que implica el motivo para realizar un determinado acto al cual se tiene derecho, relacionado con una actividad lucrativa y encaminada a tener una utilidad determinada.

Tomando en cuenta los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la “Razón de Negocios” sí es un elemento que puede tomar en cuenta la autoridad fiscal para determinar si una operación resulta artificiosa o bien, inexistente para efectos fiscales.

Lo anterior quiere decir que, a pesar de que una operación realizada por un contribuyente se encuentre en estricto apego a la ley, la autoridad puede determinar que la misma resulta artificiosa o bien inexistente, toda vez que no existe una razón de negocio válida para llevar a cabo dicha operación, es decir que las operaciones celebradas por los contribuyentes deben de tener una razón genuina para su realización más allá de las implicaciones o efectos fiscales que de las mismas deriven.

En otras palabras, si una operación se realiza con el único fin de obtener un beneficio fiscal, sin tener como finalidad paralela la obtención de una utilidad, la autoridad tributaria o judicial podrá no reconocer el beneficio fiscal obtenido por considerar dicha operación como artificiosa o inexistente para efectos fiscales.

Cabe mencionar que la “Razón de Negocios” es un concepto que busca contrarrestar esquemas de elusión fiscal mediante la atribución de consecuencias fiscales específicas a operaciones lícitas, existentes y válidas pero sin la finalidad de obtener un beneficio económico y comercial, además del tributario, por lo que resulta prioritario tomar en cuenta dicho concepto a la hora de tomar decisiones comerciales y corporativas para evitar controversias tributarias.

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