Consultoría FiscalGuía General para la Atención de Inspecciones de Actividades Esenciales (Covid-19)

En relación a la propagación en territorio nacional del virus SARS-CoV2 (Covid-19), el Secretario de Salud de los Estados Unidos Mexicanos, el C. Jorge Carlos Alcocer Varela, emitió un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de Marzo del 2020, donde se determinó la suspensión de todas las actividades no esenciales en virtud de la Declaración de “Emergencia Sanitaria por causas de Fuerza Mayor”, como una medida de prevención y detención de la propagación del virus antes mencionado en territorio nacional.

En el dicho acuerdo, se establece un listado de las actividades del sector privado las cuales podrán seguir operando en territorio nacional durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, al ser consideradas por las autoridades como “Actividades Esenciales”.

En este sentido, se anticipa que las autoridades federales y/o estatales (según dependa de cada actividad en particular) podrían realizar inspecciones en los centros de trabajo para verificar el debido cumplimiento del acuerdo referenciado, por lo cual realizamos un listado de temas a considerar para sufragar y soportar de la mejor manera posible dichas inspecciones, estableciendo los siguientes temas a anticipar:

  1. Expediente Interno.
    El expediente interno, consiste en la recopilación de diversos documentos probatorios y de información que deberán exhibirse ante los inspectores designados.
    Este documento, representa una de las herramientas más importantes para un adecuado desahogo de la inspección, ya que a pesar de que la integración del expediente no es una obligación establecida en alguna disposición legal, servirá como base preventiva para para evitar multas, clausuras, cierres y demás sanciones administrativas a que haya lugar.
  2. Medidas de Prevención Sanitarias.
    Las medidas de Prevención Sanitarias, representan una de las herramientas más importantes a nivel mundial para la prevención del contagio y propagación del virus, por lo cual la autoridad en caso de una inspección, revisará el correcto cumplimiento de dichas medidas de prevención.
  3. Recomendaciones Complementarias.
    Aunado a lo anterior, existen algunas recomendaciones complementarias, para un mayor robustecimiento en el desahogo de una inspección, mismas que podrán variar dependiendo de la situación concreta de cada empresa en particular, mismas que pueden oscilar entre cartas de identificación de empleados, bajas en el IMSS en caso de reajuste de plantilla, recomendaciones inmediatas en caso de inspecciones, soporte de modificación de derechos laborales de manera temporal, entre otras de naturaleza análoga.
    En virtud de lo anterior, reiteramos nuestra recomendación de estar preparados para cualquier inspección por parte de las autoridades federales o estatales, para evitar contingencias innecesarias por falta de preparación en la documentación probatoria, así como demás medidas de prevención establecidas.

En caso de tener dudas respecto de la preparación de la información, documentos y demás medios probatorios y preventivos para una inspección, favor de contactarse con alguno de nuestros abogados

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