El día de ayer, el SAT publicó como parte de sus facultades de difusión de información fiscal, malas prácticas detectadas en el comercio en relación a la emisión de comprobantes fiscales.
En este sentido, el SAT estableció que al solicitar un CFDI, los contribuyentes solo deben proporcionar los siguientes 3 datos para su emisión:
(i) Su nombre o razón social
(ii) Código Postal del Domicilio Fiscal
(iii) El uso que se le dará al comprobante
Bajo ésta línea de ideas, condicionar la emisión de la factura a la entrega de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal es una práctica indebida.
Asimismo, señaló que es una práctica fiscal indebida, que los comercios y establecimientos nieguen la expedición de una factura en el momento de la transacción, y dirección al contribuyente a sitios web para ingresar datos y generar su factura, incluso si el pago se realizó en efectivo.
Para estos efectos, los contribuyentes afectados por este tipo de prácticas, pueden denunciar esta situación ante el SAT a través de diversos centros de contacto, como correo electrónico, números telefónicos y directamente en el portal de este último.