Acompañamiento fiscalCompensación Universal, solo para contribuyentes en Facultades de Comprobación

Compensación Universal, solo para contribuyentes en Facultades de Comprobación

Uno de los cambios más significativos en los últimos años en materia fiscal, fue la eliminación de la compensación universal a partir del ejercicio 2019, a través de la cual, los contribuyentes tenían el derecho de compensar sus impuestos a cargo contra cualquier impuesto que tenían derecho a recibir de la hacienda pública bajo cualquier concepto.

No obstante lo anterior, el 12 de noviembre de 2021, se modificó el Código Fiscal de la Federación, a fin de permitir por excepción la Compensación Universal para contribuyentes que se encuentren sujetos a revisiones de gabinete o visitas domiciliarias, a fin de que puedan corregir su situación fiscal por este medio.

Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, confirmó que este derecho solamente corresponde a contribuyentes sujetos a las facultades de comprobación por parte del SAT, ya que no se pueden comparar con contribuyentes que aún no estan siendo revisados, y por ende no se viola el derecho a la igualdad.

Más allá de que este criterio confirma la procedencia de la compensación universal como medio de pago de impuestos adeudados dentro de una revisión por parte del SAT, lo cual es benéfico, pone de manifiesto que los criterios de la corte no siempre están apegados a los principios de equidad y justicia fiscal, al forzar una distinción en grupos de contribuyentes (revisados y no revisados) para no permitir el regreso de la compensación universal de manera general.

 

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