Acotan al intermediario a actividades de reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, pero el patrón sea el beneficiario de los servicios.
Se prohíbe la subcontratación de persona, solo se permitirá contratación de servicios especializados que no formen parte del objeto social.
Los servicios especializados deberán formalizarse bajo un contrato.
Beneficiario de servicios especializados será solidariamente responsable si contratista no cumple con obligaciones laborales.
Prestadores de servicios especializados deberán registrarse ante la STPS y este registro tendrá vigencia de 3 años.
Para que surta efectos la sustitución patronal se deberán pasar bienes a la empresa sustituta.
Aquellos que realicen o reciban subcontratación de personal o no cumplan los requisitos en la contratación de servicios especializados serán acreedores a multa de 2 mil a 50 mil UMAS.
Reforma Seguro Social
Se alinea con la LFT y solo permite prestación de servicios especializados.
Se obliga a informar al instituto trimestralmente sobre contratos vigentes y autorización de la STPS.
IMSS y STPS celebrarán convenios para dar seguimiento a cumplimiento de ley.
Reforma Infonavit
En caso de sustitución patronal, el patrón sustituido será solidario de incumplimientos al instituto por un periodo de 6 meses.
Si empresa prestadora de servicios especializados no cumple obligaciones, el beneficiario es responsable solidario.
Solo permite los servicios especializados y deberán de presentar informe cada 4 meses contratos, solarios y aportaciones al INFONAVIT, aytorización de la STPS, etc.
Infonavit informara a la stps cada 6 meses de inumplimientos de patrones.
Infonavit y stps celebraran convenios para dar seguimiento a cumplimiento a la ley.
Reforma FISCAL
Se necesita autorización, es muy importante, entrada en vigor también es importante, no hay un transitorio.